1. La Junta Plenaria es el Órgano Supremo de Gobierno y Administración de la Mancomunidad, a la que representa y personifica con el carácter de Corporación de Derecho Público.
2. La Junta Plenaria está integrada por tres vocales de cada uno de los Municipios mancomunados. Uno de ellos será el Alcalde, como miembro nato de la Junta, y el resto será elegido por el Pleno de cada Municipio mancomunado, a propuesta del Alcalde respectivo de entre los Concejales.
3. El mandato de los vocales de la Junta, coincidirá con el de las respectivas Corporaciones, cualquiera que sea la fecha de su designación, por lo que cuando se celebren elecciones locales y antes del tercer día anterior a la sesión constitutiva de los nuevos Ayuntamientos, los vocales-concejales cesantes se reunirán en sesión convocada al sólo efecto de aprobar el acta de la última sesión celebrada.
4. Los vocales de la Junta Plenaria perderán dicha condición cuando pierdan la condición de Concejal, por renuncia o por elección de nuevo vocal por el Pleno del Ayuntamiento respectivo. La renuncia al cargo de vocal, se presentará por escrito ante la Junta Plenaria y ante el Pleno del Ayuntamiento respectivo.
D. Juan Carlos Alañón Olmedo
BATRES
CARGOS Y DELEGACIONES:
ALCALDE
D. José María Porras Agenjo
GRIÑÓN
CARGOS Y DELEGACIONES:
ALCALDE
Dª. Arantxa Alonso Godino
MORALEJA DE ENMEDIO
CARGOS Y DELEGACIONES:
ALCALDESA
D. Iván Fernández Heras
SERRANILLOS DEL VALLE
CARGOS Y DELEGACIONES:
ALCALDE
D. David Blázquez Baos
TORREJÓN DE LA CALZADA
CARGOS Y DELEGACIONES:
ALCALDE