La Atención Social Primaria constituye la vía normalizada de acceso al Sistema Público de Servicios Sociales. Tiene carácter polivalente y ofrece una atención social individualizada, específica, cercana y en el propio entorno de la persona.
El equipamiento básico de la Atención Social Primaria es el Centro de Servicios Sociales. El conjunto de Centros de Servicios Sociales integra la Red de Atención Social Primaria de la Comunidad de Madrid.
Según la LEY 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, corresponden al nivel de Atención Social Primaria las siguientes funciones:
El Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales incluye las siguientes prestaciones.
El Programa de Asistencia Material Básica (Programa BÁSICO), tiene por objeto hacer frente a la privación material mediante la entrega a personas desfavorecidas con menores a cargo, de una tarjeta monedero con la que podrán comprar alimentos y otros productos básicos (como artículos de higiene tales como jabón, champú y pasta de dientes, de higiene menstrual y pañales infantiles) en establecimientos designados, además de contar con medidas de acompañamiento que apoyen su inclusión social.
Los establecimientos dispondrán de un sistema que permitirá facilitar las tarjetas y separar en el paso por caja los productos no elegibles, tales como bebidas y refrescos que contengan gas, azúcar o productos sustitutivos; bebidas alcohólicas; productos dietéticos; bollería y chucherías; agua embotellada, salvo en circunstancias en que no se pueda acceder al agua potable y productos elaborados, a excepción de legumbres precocidas y conservas.
El acceso al Programa deberá ser prescrito por los servicios sociales de Atención Social Primaria de las entidades locales, siendo compatible con otras ayudas.
Para poder ser destinatario de este Programa, se deberán reunir los siguientes requisitos:
El Programa BÁSICO está financiado al 90% por el Fondo Social Europeo Plus (2021-2027). El FSE+ ofrece la posibilidad de reforzar el derecho a la cobertura de alimentos o prestación de asistencia material básica, de todas las personas que lo necesiten, con garantía pública, a través de sistemas normalizados que respeten la dignidad y eviten la estigmatización de las personas, así como la de implementar enfoques de atención integrales.
El objetivo temático de este Programa es:
Objetivo político d): Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales. (REGLAMENTO (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados).
La prioridad de inversión es:
Apoyo a las personas más desfavorecidas en el marco del objetivo específico establecido en el artículo 4, apartado l, letra m) del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 1296/2013.
El objetivo específico es:
Hacer frente a la privación material mediante alimentos y/o prestación de asistencia material básica a personas más desfavorecidas, en particular a los menores, y establecer medidas de acompañamiento que apoyen su inclusión social (Artículo 4, apartado l, letra m) del Reglamento (UE) 2021/1057).